El juez Masara dispuso “medidas preventivas”, que son de rigor en estos casos y no entrañan adelanto de opinión respecto de la inocencia o culpabilidad del denunciado.
En esencia, Osvaldo Pérez Hatoum, en razón de las “prohibiciones ordenadas por el magistrado, no podrá “ingresar o acercarse a los domicilios de las denunciantes, ni realizar actos molestos y perturbadores a las mismas, por sí o mediante terceros, ya sea en el ámbito laboral, en su domicilio particular y en todos los espacios sociales, públicos o privados por ella frecuentados, como así tampoco mediante el uso de telefonía celular y redes sociales, en los términos de los arts. 24 y 25 de la Ley Provincial 10.956; bajo apercibimento de remitir las actuaciones al Sr. Agente Fiscal en Turno por la Comisión del delito de Desobediencia Judicial, sin perjuicio de otras figuras penales en que pueda incurrir”.