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La secuencia no es nueva y parece repetirse cada tantos años. Podría resumirse en al menos tres pasos: 1) el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias se atrasa en el pago de la energía a la Cooperativa Eléctrica; 2) Una vez que los montos alcanzan niveles superlativos, sobreviene una negociación para convenir un plan de pago; 3) Se llega a un acuerdo, con un formato contractual parecido, que incluye el pago de sumas millonarias en honorarios a un abogado foráneo.Mediante decreto 845/2.024, de fecha 10 de julio, adquirió fuerza legal el “Convenio de pago entre Municipalidad de Concordia, Cooperativa Eléctrica y otros servicios de Concordia Ltda. y el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias”. Como lo da a entender el título, las partes acordaron la manera en que el Estado municipal saldará una deuda que se trae de arrastre, incluso desde la gestión anterior, y que ha llegado a la friolera de $ 613.292.107, a valores actualizados.

El convenio lleva las firmas del Intendente Francisco Azcué; el presidente del EDOS, Javier del Cerro; el presidente de la Cooperativa Eléctrica, Marcelo Spinelli y el tesorero de la distribuidora, Gustavo Ibarra.

En su segunda cláusula, la Municipalidad se obliga a abonar el 20% de la deuda actualizada, “equivalente a ciento veintidós millones seiscientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos veintiuno.- ($ 122.658.421) dentro de los 10 días de la firma”.

Los restantes $ 490.633.686 del pasivo serán abonados –estipula el acuerdo- “en 10 (diez) cuotas iguales y consecutivas, de pesos cuarenta y nueve millones sesenta y tres mil trescientos sesenta y nueve.- ($ 49.063.369.-) cada una. Sin intereses de financiación, con vencimiento para la primera el día 10 de agosto de 2024 y así sucesivamente cada cuota en los días 10 los meses subsiguientes”.

La cláusula tercera deja en claro cuáles serán las consecuencias si el municipio no cumple: “La falta de pago, en las fechas referidas, hará caducar el presente convenio, considerándolo de plazo vencido, dando derecho a la Cooperativa a exigir el total de la deuda actualizada desde su origen, más el monto de intereses correspondientes al momento de cancelación de las mismas, desde la fecha de la firma del presente hasta su efectiva cancelación, aplicando la tasa de descuentos de documentos del Banco de Nación Argentina”.

Los honorarios del abogado

Lo que sigue del convenio incorpora a un tercero, que no forma parte ni de la Municipalidad ni de la Cooperativa Eléctrica. Se trata del abogado Pablo Hourbeigt, desconocido en el foro local, con domicilio fiscal en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscripto ante la AFIP para la prestación de “servicios jurídicos; servicios profesionales, científicos y técnicos y servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por integrantes de los órganos de administración y/o fiscalización en sociedades anónimas”.

La cláusula cuarta del convenio prevé los honorarios del letrado, “correspondientes a las gestiones y remuneraciones extrajudiciales, para el arribo y elaboración del presente convenio”, y determina que deberá hacerse cargo “la MUNICIPALIDAD, quién convendrá con el mencionado profesional su forma de pago. El importe de dichos honorarios equivale al 5% (cinco por ciento) del monto total del presente convenio”.

¿Cuánto es el 5% de $ 613.292.107? El abogado percibirá $ 30.664.605. Pasado a dólar blue, cotización actual de $ 1500, vienen a ser U$S 20.443.-

No es la primera vez

Pablo Hourbeigt ya sabe de estas cosas. Basta rastrear en boletines oficiales de la Municipalidad de Concordia para encontrarlo, en parecida situación, percibiendo incluso sumas superiores, si se las dolariza.

En efecto, dos años atrás, el 3 de junio de 2022, los mismos actores firmaron un convenio casi calcado: Municipalidad, EDOS, Cooperativa y el mismo letrado. El único cambio significativo son las cifras, como consecuencia de la devaluación de la moneda argentina. En aquel entonces la deuda total renegociada era de $ 159.712.646. Y la tajada para Hourbeigt fue de $ 5.500.000. El dólar blue cotizaba a $ 205. Por ello, sus honorarios, en la moneda norteamericana, fueron aún mayores que los actuales: U$S 26.829.-

Algunos antecedentes

Revisando la trayectoria de Pablo Hourbeigt, queda claro que se especializó en asuntos ligados a la energía.

Por ejemplo, hasta marzo del 2002 fue socio suplente de EBISA (Emprendimientos Energéticos Binacionales SA), una sociedad anónima de capital estatal, que tuvo como objetivo la comercialización de la energía eléctrica proveniente de los aprovechamientos binacionales e interconexiones internacionales como Salto Grande, hasta que fue absorbida por ENARSA.

Otro dato más reciente en el itinerario de Hourbeigt es su paso por Transpa, la empresa responsable del transporte de energía en Santa Cruz y el resto de la Patagonia. En agosto de 2023, figuraba como uno de los directores de la firma.

Es probable que hayan pesado estos antecedentes para que la Cooperativa Eléctrica y la Municipalidad de Concordia, en 2024 lo mismo que en 2022, al momento de zanjar extrajudicialmente sus diferencias lo hayan convocado y le hayan pagado sumas sustanciosas, en vez de recurrir a letrados locales con los que cuentan ambas instituciones.

El Entre Ríos consultó a un referente de la distribuidora concordiense en procura de una explicación acerca de la elección del abogado. “Ese estudio y otro más a nivel nacional son los que manejan cuestiones que no pueden los de acá, relacionadas al sistema energético, como el vínculo con CAMMESA, por ejemplo. Y en este caso, cuando se envían cartas documentos, no quieren los abogados de Concordia actuar contra la municipalidad. No sólo pasó en 2022. En anteriores convenios también, no actuaron abogados de acá”.

Cuando se le preguntó por qué no se recurría a los letrados con los que ya cuentan ambas partes, respondió: “La Cooperativa tiene un abogado para laborales, otro para la parte eléctrica y asuntos generales y otro para las cuestiones más álgidas, penales, pero en ningún caso han actuado contra la Municipalidad. En cuanto a los abogados municipales, me parece que cobran también… no sé si figura en el convenio. Tal vez, un adicional, si es que están a sueldo. No lo sé”, admitió.

El convenio no hace alusión alguna a ningún otro profesional del derecho que pudiera haber intervenido en la negociación.

Fuente: El Entre Ríos